¿Qué perito puede valorar una empresa o participaciones en un litigio societario?
Hay que distinguir dos roles. El dictamen pericial de parte o de contradicción judicial se rige por la LEC. El experto del art. 353 LSC es designado por el registrador mercantil a solicitud de la sociedad o de cualquiera de los socios titulares, si no hay acuerdo; puedo actuar como tal solo si resulto designado.
¿Cómo se determina el valor razonable de una participación en una separación de socio?
Conforme al art. 353.1 LSC, a falta de acuerdo sobre el valor razonable, sobre quién debe valorarlo y sobre el procedimiento, interviene un experto independiente designado por el registrador mercantil del domicilio social, a solicitud de la sociedad o de cualquiera de los socios titulares. Si las acciones cotizan en un mercado secundario oficial, el valor de reembolso será el precio medio del último trimestre (art. 353.2 LSC).
¿Se aplica siempre un descuento por ser socio minoritario?
No. La STS 63/2011, de 28 de febrero, rechazó el descuento por minoría en el supuesto de separación examinado. La procedencia de un descuento depende del estándar de valoración y del marco jurídico del caso, no es automática.
¿Qué métodos se usan para valorar una empresa en un pleito?
Según el negocio y la información disponible, descuento de flujos de caja, múltiplos de compañías u operaciones comparables y enfoque patrimonial. Un dictamen serio explica por qué el método elegido encaja con el negocio y qué resultado dan los métodos alternativos cuando son pertinentes.
¿Qué entrega el perito al final del proceso?
Un dictamen de peritos del art. 335 LEC, con la manifestación de objetividad del art. 335.2, e intervención en el juicio o la vista (art. 347 LEC), si las partes la solicitan y el tribunal la admite; el tribunal valora el dictamen conforme a la sana crítica (art. 348 LEC).
¿Comprar el 20% de una empresa equivale a comprar el 20% de su valor?
No necesariamente. Quien compra participaciones adquiere la condición y los derechos de socio, no una cuota directa sobre los activos sociales. Importan los estatutos, los derechos de voto, las restricciones de transmisión y la liquidez real de la participación.