El siniestro está claro, pero la cifra no lo está. Las secuelas evolucionan, la víctima era autónoma y su facturación oscilaba, la aseguradora propone una cantidad y la contraparte otra. El pleito de tráfico es, muchas veces, un pleito con incertidumbres, sobre qué parte de las secuelas se debe al accidente, sobre qué ingresos se perdieron y sobre cómo se reparte una culpa concurrente.
Conviene separar tres debates que a veces se mezclan. La incertidumbre causal (qué parte del daño se debe al accidente) se resuelve con prueba. La culpa concurrente acreditada da lugar a un reparto proporcional de la responsabilidad. Y la cuantificación es la tercera pieza, que convierte perjuicios en cifras. En el tráfico además rige un régimen especial, ya que la LRCSCVM impone la responsabilidad por el riesgo del vehículo con sus excepciones (art. 1), y la casación ha delimitado cómo convive con la responsabilidad por culpa (línea recogida en la STS 201/2026, de 11 de febrero).
Los dos planos de la incertidumbre
| Plano | Qué es incierto | Cómo se trata |
|---|---|---|
| Régimen aplicable | Si se trata de responsabilidad por el riesgo del vehículo (LRCSCVM, art. 1) o por culpa | El título decide quién responde y contra qué seguro; la casación ha delimitado su alcance |
| Reparto por culpa concurrente | La proporción entre intervinientes cuando hay varias culpas acreditadas | Decisión jurídica sobre hechos probados; el perito aporta las magnitudes económicas que el porcentaje aplica |
| La cuantía económica | Secuelas futuras, pérdida de ingresos, capacidad laboral restante | Pericial económica con histórico documentado, proyecciones por escenarios, costes evitados y sensibilidad |
Qué cuantifica el perito economista
- Pérdida de ingresos presentes y futuros. Para asalariados, nóminas y evolución de carrera; para autónomos, facturación histórica, contratos y el efecto documentado de la baja sobre el negocio, separando los factores propios del sector
- Capacidad laboral afectada. El puente entre el informe médico-legal (secuelas, limitaciones) y su traducción económica, con qué tareas puede seguir, a qué ritmo y con qué productividad
- Gastos sobrevenidos. Adaptaciones, terapias, desplazamientos y cuidados, siempre con factura y periodicidad, no con estimaciones globales
- Particularización dentro del baremo. El sistema de la Ley 35/2015 distingue perjuicio personal básico, perjuicio personal particular y perjuicio patrimonial, categorías que coexisten según el supuesto (muerte, lesiones temporales, secuelas e incapacidad permanente), con partida de los primeros a cargo del asegurador y matices en los segundos, y que la pericial económica puede alimentar con ingresos netos y perjuicios específicos documentados
Un matiz de encuadre que delimita el régimen aplicable es que el baremo de la Ley 35/2015 rige los daños personales de las víctimas por el hecho de la circulación (incluidos los perjudicados por fallecimiento); los daños a las cosas y otros perjuicios siguen las reglas generales de la responsabilidad civil, y el seguro obligatorio y el Fondo de Garantía tienen sus propias reglas de intervención. Identificar el título correcto de cada partida es la primera decisión del informe.
El método ante la duda
- Delimitar el período de afectación con la documentación clínica y laboral, separando agravamientos previos y hechos posteriores ajenos
- Reconstruir el escenario sin el accidente y el escenario real, con la documentación de ingresos y gastos de ambos
- Cuantificar por partidas. Diferencia de ingresos, costes evitados que se descuentan y gastos sobrevenidos que se suman, sin duplicidades
- Trabajar la incertidumbre con escenarios y rangos. Evolución de las secuelas, apreciaciones médicas distintas, sensibilidad del resultado a cada hipótesis; el dictamen muestra cómo se mueve la cifra cuando se mueven los supuestos
Cinco errores en la pericial de tráfico
- Presentar como incertidumbre causal lo que ya es culpa concurrente probada, o al revés, cuando son debates distintos con remedios distintos
- Cuantificar con la facturación bruta del autónomo sin descontar los costes que la inactividad ahorró
- Proyectar ingresos futuros con la media de un año especialmente bueno o especialmente malo
- Sumar partidas del baremo y partidas de reglas generales como si fueran del mismo título
- Ignorar la evolución clínica posterior a la demanda, ya que el dictamen vive en el tiempo y debe actualizarse con los documentos del expediente
El criterio que yo doy
- Separa los tres debates (régimen aplicable, reparto de culpa y cuantificación); mi número alimenta los dos últimos con magnitudes defendibles
- Cada partida sale de un documento, ya sea nómina, contrato, factura o declaración; lo que no tiene soporte se presenta como hipótesis, no como conclusión
- La incertidumbre se representa con escenarios, rangos y sensibilidad, de modo que el tribunal vea qué sostiene la cifra y cuánto se mueve
Un informe que muestra qué parte de la cifra es documentada, qué parte es proyección y cómo se mueve con cada hipótesis da al tribunal materiales para decidir con las incertidumbres sobre la mesa.
Cuantificación Pericial de Daño Económico
¿La cifra del accidente está en discusión?
Cuéntame las secuelas, la actividad de la víctima y qué documentación existe. Reviso qué se puede cuantificar y con qué método.
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